INDEC


INTEGRANTES

INTEGRANTES:
LUISA ELIZABETH PORTILLO TORRES
MARIA ELIZABERTH PORTILLO CUELLAR
ZOILA CAROLINA GUEVARA RIVERA
PETRONA ANTONIA AMAYA CASTRO
JICELDA PATRICIA ECHEVERRIA LOPEZ

TEMA DERECHOS DEL CONSUMIDOR


                                                         



¿CUÁLES SON LOS DERECHOS, DEBERES Y RESPONSABILIDADES DEL


 CONSUMIDOR?
1.- Derecho a la libre elección del bien o servicio.
Realizar las operaciones de consumo en el comercio establecido, pidiendo la boleta como respaldo.
Mantener siempre una actitud alerta al comprar, examinando con atención los precios y calidades de los bienes o servicios.
Hacer valer su derecho a la libre elección en todos sus actos de consumo.
Denunciar cualquier hecho que limite el acceso libre a cualquier tipo de producto o servicio.
2.- Derecho a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos, su precio, condiciones de venta y otras características relevantes de los mismos. Deber de informarse responsablemente.
Exigir la información que le permita comparar y realizar elecciones fundadas, ya sea en precios, condiciones de contratación, sistemas de rotulación.
Leer contratos, etiquetas y rotulados antes de comprar.
Analizar críticamente la publicidad.
3.- Derecho a no ser discriminado arbitrariamente por parte de los proveedores de bienes y servicios.
Exigir un trato digno y respetuoso.
Promover conductas de no discriminación.
4.- Derecho a la seguridad en el consumo de bienes o servicios, a la protección de la salud y del medio ambiente. Evitar los riesgos que puedan afectarle.
Adoptar las medidas para evitar riesgos derivados del uso de bienes o servicios.
Evitar la exposición voluntaria al riesgo.
Leer y entender las instrucciones de los que se consumirá.



Cumplir indicaciones para el uso seguro del bien o servicio.
Elegir aquellos bienes y servicios que garanticen la seguridad y cuidado del medio ambiente.
5.- Derecho a la reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en caso de incumplimiento a lo dispuesto en esta ley. Accionar de acuerdo a los medios que la ley franquea.
No hacer denuncias temerarias en contra de proveedores, sin fundamentos.
Recurrir en primera instancia a una resolución del conflicto con el propio proveedor.
6.- Derecho a la educación para un consumo responsable. Celebrar operaciones de consumo con el comercio establecido.
Buscar los medios para tener educación que permita ejercer un consumo responsable.


PROMOCIONES, OFERTAS Y CONCURSOS

¿CUÁLES SON MIS DERECHOS FRENTE A PROMOCIONES Y CONCURSOS QUE HACEN LOS PROVEEDORES PARA PUBLICITAR SUS BIENES Y SERVICIOS?
La ley ha dispuesto que se debe informar sobre las bases del concurso, el tiempo o plazo de duración de las promociones. La sola referencia a que las bases están en una Notaría no es suficiente.


¿QUÉ PASA SI UN PROVEEDOR, HABIENDO HECHO OFERTA O PROMOCIÓN DE UN BIEN O SERVICIO, NO LO RESPETA?
La ley indica que es posible solicitar a un juez el cumplimiento forzado de esa promoción u oferta.

Derechos del consumidor
Acceder a una información veraz y oportuna

Elegir libremente un determinado bien o servicio
El silencio del consumidor no constituye aceptación en los actos de consumo. Se deben celebrar actos de consumo con el comercio establecido.
Acceder a una información veraz y oportuna
Acceder a una información veraz y oportuna sobre los bienes y servicios ofrecidos por el proveedor, su precio, condiciones de contratación y otras características relevantes de los mismos.
No ser discriminado arbitrariamente por parte de los proveedores de bienes y servicios
Es arbitrario en la medida que es irracional o atenta contra la dignidad de los consumidores. Por ejemplo, basada en su clase social, opción política, entre otras.
La seguridad en el consumo de bienes y servicios
La seguridad en el consumo de bienes y servicios, a la protección de la salud y el medio ambiente. Implica el deber de adoptar las medidas para evitar riesgos derivados del uso o consumo de los bienes o servicios.
A la reparación e indemnización
A la reparación e indemnización adecuada y oportuna de todos los daños materiales y morales en caso de incumplimiento o de cualquiera de las obligaciones contraídas por el proveedor.
Sin embargo, existe el deber de exigir la reparación o indemnización por tales actos de acuerdo a los medios establecidos en la ley. El consumidor no debe

hacer denuncias en contra de proveedores carentes de fundamento y mala fe, formuladas con propósitos distintos al reconocimiento de estos derechos.
Derecho a la educación para un consumo responsable
Es deber del consumidor acceder a los medios posibles para obtener esta información educativa, entre ellos, los entregados en el Sitio Web del Sernac y la Revista del Consumidor .
A retracto o terminar sin la voluntad del proveedor
A retracto o terminar sin la voluntad del proveedor (unilateralmente) el contrato en el plazo de 10 días contados desde la recepción del producto o desde la contratación del servicio y antes de la prestación del mismo y en los siguientes casos:

Los celebrados en reuniones convocadas o concertadas, como, por ejemplo, "tiempo compartido"; ocasión en que el consumidor debe expresar su aceptación.

En contratos realizados por medios electrónicos y en los que se acepta una oferta realizada a través de catálogos, avisos o cualquier otra forma de comunicación a distancia.

En los contratos de educación superior cuando se ingrese a primer año de carrera.
Este derecho se debe ejercer cumpliendo los plazos, requisitos y obligaciones que disponga la ley en cada uno de los casos descritos.
El derecho a garantía -cambio, devolución del dinero
El derecho a garantía -cambio, devolución del dinero, reparación según corresponda- por los bienes o servicios que se adquieran o contraten y que presenten fallas de fabricación o sean inseguros.
Igualmente, por los bienes que contienen una cantidad inferior a lo informado en el envase.
Los derechos citados y los otros contenidos en las leyes de consumo son irrenunciables anticipadamente para los consumidores
Derecho
El Derecho es el orden normativo e institucional de la conducta humana en sociedad inspirado en postulados de justicia, cuya base son las relaciones sociales existentes que determinan su contenido y carácter. En otras palabras, son conductas dirigidas a la observancia de normas que regulan la convivencia social y permiten resolver los conflictos intersubjetivos.


Consumir
1   Comprar o usar un producto, especialmente alimentos y bebidas, para satisfacer necesidades o gustos: debes consumir la leche antes de la fecha indicada en la botella.
2   Usar, disfrutar o servirse de un producto o de una cosa no material: consume su tiempo en el gimnasio.
3   Destruir por completo una materia: apaga la vela antes de que la llama la consuma
Conciencia crítica
Los consumidores deben mantener una actitud de alerta en su relación con el mercado, examinando con atención el precio y la calidad de los productos y servicios que consuma. Para ello, debe informarse responsablemente de todas las medidas a su alcance para evitar riesgos que puedan derivarse del uso o consumo de bienes y servicios.
Conciencia ambiental
Es necesario reconocer la responsabilidad individual y social en la conservación de los recursos naturales y en la protección de las generaciones futuras.
Solidaridad
El consumidor necesita estar organizado y actuar en conjunto, desarrollando aquellas capacidades que permitan ejercer influencia en la promoción y protección de sus intereses como consumidores.
Responsabilidad
Se debe mantener una actitud responsable como agente principal en la actividad económica, promoviendo un consumo razonable y logrando así un beneficio mayor en la calidad de vida del conjunto de la población.
No hacer denuncias temerarias
No debe realizar denuncias carentes de fundamentos, formuladas con el propósito de perjudicar económicamente o moralmente al denunciado.

Acción
El propio comprador o usuario debe ser el primero en defender sus intereses, asegurándose de hacer transacciones justas en el mercado de bienes y servicios.
Preocupación social
Estar consciente de las repercusiones que sus actos de consumo tienen sobre terceros.
Dotarse de educación
Todos deben educarse en materia de consumo por todos

Deberes del consumidor
Conciencia crítica
Los consumidores deben mantener una actitud de alerta en su relación con el mercado, examinando con atención el precio y la calidad de los productos y servicios que consuma. Para ello, debe informarse responsablemente de todas las medidas a su alcance para evitar riesgos que puedan derivarse del uso o consumo de bienes y servicios.
Conciencia ambiental
Es necesario reconocer la responsabilidad individual y social en la conservación de los recursos naturales y en la protección de las generaciones futuras.
Solidaridad
El consumidor necesita estar organizado y actuar en conjunto, desarrollando aquellas capacidades que permitan ejercer influencia en la promoción y protección de sus intereses como consumidores.
Responsabilidad
Se debe mantener una actitud responsable como agente principal en la actividad económica, promoviendo un consumo razonable y logrando así un beneficio mayor en la calidad de vida del conjunto de la población.
No hacer denuncias temerarias
No debe realizar denuncias carentes de fundamentos, formuladas con el propósito de perjudicar económicamente o moralmente al denunciado.

Acción
El propio comprador o usuario debe ser el primero en defender sus intereses, asegurándose de hacer transacciones justas en el mercado de bienes y servicios.
Preocupación social
Estar consciente de las repercusiones que sus actos de consumo tienen sobre terceros.
Dotarse de educación
Todos deben educarse en materia de consumo por todos